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JUSTICIA EN LA U.R.S.S.

El Derecho ocupa una posición altamente significativa, pues cualquier sistema jurídico expresa de la manera más gráfica y real lo que representa una sociedad. Muestra tanto lo que se predica como lo que se practica. Dice lo que oficial y públicamente se considera justo y lo que se hace oficial y públicamente cuando las cosas van mal. Notemos, de paso, que lo que se considera y hace oficial y públicamente puede estar en contradicción con lo que se considera y hace extraoficial y secretamente, pero sin embargo sorprende lo mucho que podemos aprender, en las leyes, códigos y repertorios de casos soviéticos, así como en los extensos comentarios y críticas de los tratados y revistas jurídicas, acerca del funcionamiento actual del sistema. El derecho soviético no es solamente un producto del socialismo marxista, y el conflicto entre socialismo y libre empresa no es en absoluto la única cuestión planteada en la presente pugna internacional. El derecho soviético es también un producto de la historia rusa, es derecho ruso de la misma manera que nuestro propio derecho no es capitalista o democrático , sino americano. Cada uno de los sistemas contiene una mezcla de características no solo socialistas y capitalistas, sino también de elementos precapitalistas arrancados de muy diferentes etapas de su historia pasada. Los derechos no pueden clasificarse limpiamente en términos de fuerzas socioeconómicas. Los sistemas jurídicos se han construido lentamente, a lo largo de los siglos, y en muchos aspectos resultan notablemente impermeables a los cataclismos sociales. Esto es tan verdadero del derecho soviético, construido sobre los cimientos del pasado ruso, como del derecho americano, con sus raíces en la historia inglesa y de la Europa occidental. Algunas de las diferencias básicas entre ambos tienen su origen en la polaridad existente entre la historia rusa y la historia occidental durante casi un millar de años.
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LA CARGA DE LA PRUEBA

He mantenido las ideas fundamentales sobre la distribución de la carga de la prueba, en las cuales se baso la segunda edición de esta obra. Pero he cambiado mucho los detalles. Se ha eliminado lo caducado, se ha agregado lo nuevo y se han desarrollado algunos pensamientos con mayor claridad.
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LA CIUDADANIA ANTE EL TRIBUNAL CONSTITU.

Obra compilatoria de la Fundación Prensa y Derecho de sentencias y artículos académicos sobre derechos fundamentales, que recoge 8 precedentes del Tribunal Constitucional dominicano sobre libertad de expresión, derecho a la intimidad, estados de excepción, sistema electoral y otros aspectos correlacionados.
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LA CONSTITUCION DE WEIMAR

La Constitución alemana de 11 de agosto de 1919, más conocida como Constitución de Weimar, de cuya aprobación se cumplen noventa años, encierra una enorme paradoja ya que si de una parte fracasó en su propio país como consecuencia de la incapacidad de las fuerzas sociales para hacer de sus instituciones y normas centro de referencia de la vida política, de otra ha venido actuando como modelo a imitar en el «segundo momento» del constitucionalismo democrático, identificado con los valores y principios del Estado social de Derecho. Ello explica que sin bien el régimen de Weimar terminó claudicando con escasa gloria en 1933, ante la presión de los enemigos nacionalsocialistas -concertados en enrevesada coincidencia de intereses con sus adversarios comunistas-, su concreta forma de entender la política y de escribir la Constitución haya llegado a convertirse en paradigma del constitucionalismo democrático, vigente hasta la crisis de la concepción moderna de la política a que hoy asistimos. Con el doble objetivo de conmemorar Weimar, y poner a disposición del lector de habla castellana un texto que anticipa las instituciones y soluciones técnicas a los problemas jurídicos de lo que hasta ahora era constitucionalismo democrático, Tecnos publica este libro en su colección «Clásicos del Pensamiento» en la que también han aparecido las obras de los grandes autores que vivieron a la sombra de Weimar, Carl Schmitt y Hans Kelsen.
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LA CONSTRUCCION DE LA DEMOCRACIA

La democracia está hoy en crisis también en los países donde, hasta hace poco, parecía irreversible. Frente a la idea de que no existen alternativas a la crisis, este libro aboga por tomar en serio el derecho vigente construyendo las garantías de las promesas de paz e igualdad en los derechos fundamentales. La expansión del paradigma normativo del constitucionalismo democrático, configurado como paradigma formal, no es una simple opción progresista, sino una actuación impuesta por las cartas de derechos y la única alternativa realista a un futuro de catástrofes. Como escribe Luigi Ferrajoli, la democracia no es solo una construcción jurídica, sino sobre todo una construcción social y política, dependiente de presupuestos extrajurídicos que el derecho puede tanto promover como desalentar. De esa construcción son elementos indispensables la participación ciudadana, la formación de su sentido cívico, la maduración de una opinión pública que tome en serio el nexo entre paz, democracia, igualdad y derechos fundamentales, y el desarrollo, en el sentido común, de la consciencia de las dimensiones cada vez mayores de los intereses públicos, comunes a toda la humanidad.
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LA CONTROVERSIA SMEND/KELSEN SOBRE LA IN

La preocupación por presentar los textos en el marco contextual discursivo en que originariamente fueron concebidos, lleva nuevamente a la editorial Tecnos a publicar uno de los viejos títulos de su catálogo precedido por el texto que en su día determinó su escritura y desencadenó la querella a que su lectura dio lugar. Es así como en el presente libro, el trabajo de Rudolf Smend, Constitución y Derecho Constitucional de 1928, antecede al texto de Hans Kelsen, El Estado como integración. Una controversia de principio de 1930, y ambos vienen seguidos y son enmarcados en sus dimensiones polémicas por los estudios introductores de los profesores, José María Beneyto, Juan Antonio García Amado y Gregorio Robles. El propósito que anima esta edición, común por lo demás a los demás títulos que componen la colección Clásicos del Pensamiento, es poner al alcance de los lectores contemporáneos las obras de autores que pese a formar parte del pasado continúan plenamente activos dentro del paradigma intelectual que nutre y fundamenta el actual momento político. Algo que se evidencia muy claramente en el caso de la querella sobre el sentido, alcance y forma de entender la integración que hace noventa años enfrentó a Smend contra Kelsen, que resulta especialmente palpitante en un mundo que se resiente de la irrupción violenta de enormes tendencias disgregadoras que amenazan la continuidad de nuestra cultura política y hasta de la propia sociedad en que vivimos.
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